La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal dispuso reducir el embargo impuesto por el juez federal Sebastián Casanello a los nueve procesados por presunta trata de personas en el local D’Lirio, que funcionaba frente al cementerio de Recoleta.
La Cámara Federal redujo esta semana de $5.000 millones a $33 millones el embargo dispuesto por el juez federal Sebastián Casanello sobre los bienes de los nueve imputados en la causa por el prostíbulo que funcionaba frente al cementerio de Recoleta bajo la fachada de un bar y boliche. La medida fue adoptada por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los magistrados Roberto Boico y Eduardo Farah, según informaron fuentes judiciales a LA NACION.
El caso se conoció en marzo pasado, cuando Casanello procesó a nueve hombres por el delito de trata de personas, acusados de explotar sexualmente a 50 mujeres, algunas de ellas menores de edad. La investigación comenzó el 6 de abril de 2022 a raíz de una denuncia anónima recibida en la línea gratuita 145, dependiente de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). Según el expediente, el local D’Lirio movió por sus cuentas bancarias sumas superiores a los $1.500 millones, aunque se estimó que la facturación real fue mayor, dado que parte de los ingresos se realizaba en efectivo.
En junio pasado, Casanello fijó un embargo de $5.000 millones sobre los bienes de los sospechosos, luego de que el tribunal revisor le encomendara pronunciarse nuevamente sobre la medida, considerando la entidad del aporte individual de cada imputado. El juez fundamentó la decisión en la existencia de múltiples fuentes de ingreso al establecimiento: recaudación, cuentas bancarias, dinero hallado en el allanamiento y retención de pases sexuales. Además, señaló que la ganancia ilícita se integraba con los desembolsos de los clientes, que solo por entradas y mesas rondaba los $4.300.000 diarios, y que el dinero secuestrado en el allanamiento ascendía a $2.290.500.
Las defensas de los imputados apelaron el embargo, argumentando falta de fundamentación, cálculo incorrecto del flujo del negocio y ausencia de análisis individualizado. La Cámara acogió los planteos y redujo el monto a $33 millones: $5.000.000 para los cinco procesados considerados autores del delito y $2.000.000 para los acusados de ser partícipes. En el fallo, los jueces explicaron que, en una intervención anterior, se modificó el encuadre provisorio al artículo 125 bis del Código Penal, que sanciona la explotación de la prostitución ajena, y que no se acreditó hasta el momento la hipótesis de explotación económica sostenida por la fiscalía y el juez.
