Aún restan 10 feriados nacionales en 2026, según el calendario oficial. La normativa establece descanso obligatorio remunerado y, en caso de trabajo en feriado sin descanso sustitutorio, corresponde una triple remuneración. Sunafil puede imponer multas de hasta S/ 288.915 por incumplimiento.
A pocos días de iniciar una nueva seguidilla de días festivos, el calendario oficial de 2026 contempla 16 feriados nacionales, de los cuales restan 10 fechas. Estas jornadas son de descanso obligatorio y remunerado para trabajadores de los sectores público y privado bajo planilla.
Los feriados que faltan durante el 2026 son los siguientes:
- Jueves 23 de julio: Conmemoración al heroico sacrificio del capitán FAP José Abelardo Quiñones.
- Martes 28 de julio: Fiestas Patrias.
- Miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias.
- Jueves 6 de agosto: Batalla de Junín.
- Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima.
- Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos.
- Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
- Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
- Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
- Viernes 25 de diciembre: Navidad.
Cuando un feriado coincide con el descanso semanal obligatorio del trabajador, este percibe únicamente el pago correspondiente a dicho día de descanso, sin beneficio adicional.
Mauricio Matos, socio del Área Laboral de EY Perú, declaró: “En caso de que un colaborador labore durante un feriado sin gozar de un descanso sustitutorio, la legislación establece el derecho a una triple remuneración, es decir, al pago habitual por el feriado, una remuneración adicional por el trabajo realizado y una tercera correspondiente a una sobretasa del 100%”. El empleador queda exonerado del pago adicional si concede un descanso sustitutorio en otra fecha.
Matos también afirmó: “En los últimos años el número de días feriados se ha incrementado significativamente, por lo que las empresas deberán revisar sus políticas internas y asegurarse de cumplir con las obligaciones legales en materia de feriados, a fin de evitar contingencias legales y sanciones económicas por parte de Sunafil”.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) considera el incumplimiento de las normas sobre feriados como infracción muy grave. Para empresas que no califican como MYPE, las multas oscilan entre S/ 14.465 y S/ 288.915, según el tamaño de la organización y el número de trabajadores afectados, en base al valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
