Los representantes del Ministerio Público Fiscal cuestionaron la decisión de un juez que benefició a la viuda e hijo de Pablo Escobar, al exfutbolista ‘Chicho’ Serna y a otros imputados, considerándola “errónea” y “arbitraria”.
Los fiscales federales Franco Picardi, Diego Iglesias y Diego Velasco presentaron una apelación contra los sobreseimientos dictados por el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi en una compleja causa por lavado de activos provenientes del narcotráfico. Los beneficiados por la resolución judicial fueron María Isabel Santos Caballero y Juan Sebastián Marroquín Santos (viuda e hijo del narcotraficante Pablo Escobar Gaviria), el exfutbolista de Boca Juniors Mauricio “Chicho” Serna, el empresario Mateo Corvo Dolcet y otras cuatro personas.
En su dictamen, los fiscales de la Procunar y la Procelac calificaron la argumentación del magistrado como “sesgada, parcial y forzada para desvincular a los imputados”, y afirmaron que no se valoró acabadamente la prueba incorporada. Sostuvieron que la decisión parece tener “un único motivo: impedir que el proceso avance hacia la etapa de debate”.
La investigación, que se inició en 2016 a partir de datos proporcionados por la DEA, gira en torno a un proyecto inmobiliario en Pilar y presuntos vínculos con una organización criminal colombiana. Un punto clave había sido la declaración como arrepentido del colombiano José Piedrahita Ceballos, realizada en Miami con intervención de autoridades argentinas. Sin embargo, el juez Martínez De Giorgi también anuló esta declaración y el acuerdo de juicio abreviado correspondiente, por considerar que no se acreditó debidamente la habilitación internacional para el ejercicio de jurisdicción en el extranjero.
Los fiscales también apelaron estas nulidades, argumentando que la resolución es “errónea” y “arbitraria”, ya que pondera cuestiones administrativas por encima de derechos constitucionales e internacionales, y desoye los argumentos de la acusación. El expediente tiene una larga trayectoria: había sido elevado a juicio en 2020 por el entonces juez Néstor Barral, pero luego un Tribunal Oral Federal decretó la nulidad de esa decisión, devolviendo la causa a la etapa de instrucción.
