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El Gobierno lanza un programa de venta de ciudadanía argentina por 350.000 dólares

El Poder Ejecutivo anunció el viernes pasado el lanzamiento de un programa que permite obtener la ciudadanía argentina mediante una inversión de 350.000 dólares, con opciones para el grupo familiar. La medida se enmarca en el DNU 366/25, que modificó la Ley de Nacionalidad sancionada en 1869. Varios tribunales declararon inconstitucional el decreto y la Corte Suprema tiene las causas a estudio.

El viernes pasado, el Gobierno anunció que lanzaría un programa de venta de ciudadanía argentina por 350.000 dólares, con promociones para el grupo familiar. La medida se produce mientras continúan las repercusiones por el fallo de la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras.

Una búsqueda en Google con los términos “buy Argentina passport” muestra como primeros resultados patrocinados a estudios jurídicos extranjeros dedicados al tema, que promocionan el nuevo producto con imágenes de las Cataratas del Iguazú. Más abajo, el sitio oficial promociona los “beneficios de la ciudadanía argentina”.

El proyecto se basa en una concepción según la cual todo debe poder comprarse y venderse. El multimillonario argentino-español Martín Varsavsky lo defendió: “El pasaporte no es un derecho universal. Es un activo. Argentina acaba de ponerle precio”.

Filósofos como Michael Sandel han estudiado lo que ocurre cuando bienes que estaban fuera del mercado empiezan a ser tratados como mercancías. Sandel señala que, a medida que más cosas quedan comprendidas en el ámbito del mercado, se producen dos transformaciones. La primera es que se multiplica el efecto de la desigualdad económica: si el dinero puede comprar más cosas, ser rico es cada vez más diferente a ser pobre. La segunda es que hay cosas que, cuando se pueden comprar y vender, dejan de ser lo que son. Ponerle precio de venta a un título universitario, por ejemplo, equivale a destruirlo para todos, también para quienes lo ganaron en buena ley.

La pertenencia a una comunidad es uno de estos bienes. La condición de ciudadano de un país se obtiene por tener con él una conexión especial: haber nacido en él, haber vivido allí algún tiempo, haber formado una familia. La Constitución exige que, llegado el caso, los ciudadanos tomen las armas en defensa del país. La venta de la ciudadanía para obtener el “activo” del pasaporte plantea la pregunta de si alguien que compra el pasaporte argentino para evitar controles en alguna frontera, sin pisar el país, sin hablar el idioma y sin saber nada sobre él, sería considerado un compatriota.

La Argentina no es el primer país en implementar este tipo de transacción, pero sí el más grande. Los países que han hecho esto son microestados del Caribe o el Pacífico: Antigua y Barbuda, Dominica, Granada, San Cristóbal y Nieves, Vanuatu, Nauru. Recientemente, El Salvador también lanzó un programa similar, con la particularidad de que el pago debe hacerse en criptomonedas. Otros países, como Chipre, han terminado estos programas en medio de escándalos de corrupción en la asignación de pasaportes.

Los países más grandes han reaccionado en contra de la “ciudadanía por inversión”. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró inválido el programa de Malta, con el argumento de que la ciudadanía debe implicar “solidaridad y lealtad” con el país. La Unión Europea ya le quitó la exención de visa a Vanuatu por su programa, y el Reino Unido y Canadá hicieron lo mismo con varios países del Caribe. Desde 2025, un reglamento europeo permite hacerlo con cualquier país que venda su ciudadanía, aunque no se pruebe ningún abuso, y Bruselas ya les pidió a los caribeños que cierren sus programas antes de 2028.

La modificación de la Ley de Nacionalidad se instrumentó a través del DNU 366/25. Hasta ese decreto, había varios modos de obtener la nacionalidad: vivir dos años en la Argentina, tener hijos argentinos, practicar la docencia, establecer industrias, servir en las fuerzas armadas, expandir la frontera. Con el DNU 366, se eliminaron casi todos estos modos y se los reemplazó por uno solo: “haber realizado una inversión relevante en el país”. Con el anuncio del viernes, ya no se requiere una “inversión”: se exige una compra. El otro medio de naturalización que no se pudo eliminar es el de residir dos años en el país, porque está en la Constitución, pero se volvió más difícil de cumplir: los dos años deben ser ininterrumpidos.

El Congreso no habría aprobado este proyecto si se le hubiera preguntado, según se desprende de lo ocurrido con la Ley de Tierras. Por eso se dictó un DNU que no menciona explícitamente la venta de pasaportes y habla de “inversiones relevantes”. El DNU también quitó el proceso de nacionalización al Poder Judicial y se lo asignó al Ejecutivo.

La Justicia ha declarado inconstitucional el decreto varias veces. En algunos casos por considerar que no existía necesidad y urgencia para dictarlo, y en otros porque, dado que los argentinos naturalizados pueden votar, el DNU trata indirectamente materia electoral, lo que está prohibido por la Constitución. El Gobierno no se detuvo. La Corte Suprema tiene esas causas a estudio.

El autor es Profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Torcuato di Tella y de Derechos Fundamentales en la Universidad de San Andrés.

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