La Justicia Federal de Río Grande admitió la intervención de la provincia de Tierra del Fuego en la demanda que busca frenar el proyecto petrolero Sea Lion, impulsada por el CECIM La Plata y abogados ambientalistas. La medida cautelar que suspende las obras sigue vigente.
La jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, admitió la intervención de la provincia de Tierra del Fuego como tercero en la causa que busca frenar el proyecto petrolero Sea Lion, desarrollado por las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum al norte de las Islas Malvinas. La resolución, notificada a la parte actora, al fiscal de Estado provincial y al Ministerio Público Fiscal, se produjo tras una presentación realizada por la provincia el 23 de septiembre.
La causa fue iniciada el 1 de septiembre por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA) mediante una acción preventiva por daño ambiental colectivo. El 16 de septiembre, la magistrada ordenó frenar las obras del proyecto y dispuso que las empresas se abstengan de ejecutar actos vinculados al emprendimiento, desde perforaciones hasta infraestructura submarina y obras terrestres y portuarias de apoyo. Esa medida cautelar permanece vigente.
Según la resolución, Tierra del Fuego participará en carácter de tercero, con actuación accesoria y subordinada a la parte actora, en los términos de la Ley General del Ambiente 25.675. Tomará la causa en el estado en que se encuentra, sin retrotraer el juicio ni suspender su curso, y la sentencia que se dicte la alcanzará. La jueza aclaró que la intervención admitida no implica una ampliación de la demanda ni la incorporación de pretensiones propias, aunque tendrá presentes los planteos fueguinos en cuanto constituyan aportes vinculados al reclamo ambiental.
En la misma resolución, Borruto rechazó el pedido para convocar al Estado Nacional como parte o tercero en el expediente, al considerar que no se acreditó una necesidad concreta que justifique su incorporación en el estado actual de la causa, aunque dejó abierta esa posibilidad ante elementos nuevos. Tampoco hizo lugar a fijar condiciones de revisión para la medida cautelar ni a intimar por ahora a las empresas a presentar documentación sobre seguros y garantías, algo que el tribunal podrá evaluar cuando se incorporen los informes pendientes o lo exijan razones de tutela ambiental.
La magistrada resolvió tener presentes las observaciones, salvaguardas y reservas planteadas por Tierra del Fuego en su presentación, entre ellas la adhesión a la prueba informativa y la reserva del caso federal.
Un elemento determinante para la cautelar fue un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, según el cual las empresas nunca iniciaron un procedimiento de evaluación ambiental en el país, tal como exige la Ley General del Ambiente para actividades de este tipo. La jueza aclaró que no afirmaba que el daño fuera a producirse, sino que las petroleras omitieron el trámite previsto para determinarlo, y advirtió que “el riesgo no es hipotético ni remoto”, ya que el proyecto había avanzado más allá de su etapa inicial.
Según la documentación incorporada al expediente, Sea Lion contempla 23 pozos, una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, y una red de infraestructura submarina, además de instalaciones terrestres y portuarias en Puerto Argentino. Se ubica a unos 220 kilómetros al norte de la isla Soledad. Navitas opera el proyecto con el 65% de participación y Rockhopper conserva el 35% restante, con la primera extracción prevista para marzo de 2028.
En su resolución, Borruto también vinculó la cuestión ambiental con la defensa de la soberanía, a la que consideró un bien colectivo e interés federal, y sostuvo que la legislación argentina alcanza al emprendimiento aunque las empresas estén constituidas en el exterior, por proyectarse sobre la plataforma continental. Además, intimó a las compañías a informar el estado de las obras, sus contratistas, financistas y aseguradoras, y pidió datos a la Secretaría de Energía, a la Cancillería y a la autoridad ambiental nacional.
La jueza dejó establecido que la cautelar es provisional y que, una vez incorporados los informes y la intervención de las empresas, podrá mantenerse, modificarse, ampliarse o levantarse.
Desde el CECIM La Plata celebraron la decisión y destacaron que la cautelar obtenida permanece sin modificaciones. La admisión de la Provincia, señalaron, implica un reconocimiento de los intereses ambientales e institucionales comprometidos. “Un nuevo paso en una disputa que excede largamente la cuestión petrolera: se trata de ponerle límites al saqueo colonial de nuestros bienes comunes”, sostuvieron.
El abogado y apoderado del CECIM La Plata, Jerónimo Guerrero Iraola, se mostró satisfecho con el rumbo del expediente. “Estamos muy conformes con la evolución de la causa. Estamos esperando que se hagan efectivas las notificaciones a las empresas”, señaló. Además, apuntó al Gobierno nacional: “Exhortamos a Cancillería a que actúe conforme a derecho”. Y destacó que “en un contexto de expansión del mercado hidrocarburífero a nivel global, hayan caído las acciones de las dos empresas demandadas”.
La Cancillería ya había rechazado en diciembre de 2025 la decisión final de inversión anunciada por ambas empresas. Además, Rockhopper fue declarada clandestina en 2012 e inhabilitada para operar en el país durante 20 años, y Navitas recibió sanciones equivalentes en 2022.
