El plenario de las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y de Presupuesto y Hacienda del Senado postergó este miércoles el debate sobre el nuevo marco regulatorio de biocombustibles. La próxima reunión está prevista para el miércoles 2 de septiembre.
El debate por un nuevo marco regulatorio para los biocombustibles se postergó este miércoles en el Congreso. La próxima reunión de las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y de Presupuesto y Hacienda del Senado está prevista para el miércoles 2 de septiembre.
Durante el plenario, se registraron consensos multipartidarios sobre mecanismos para ampliar la participación de productores y consumidores. La Fundación Barbechando emitió un comunicado en el que afirmó: “No fue una reunión más sino un punto de inflexión en el debate. Luego de un año de reuniones, proyectos impulsados por todos los bloques, jornadas donde expusieron todas las voces, acuerdos y desacuerdos, la política decidió ponerle un fin a la discusión eterna y avanzar en un nuevo marco regulatorio para los biocombustibles”.
La entidad señaló que existen puntos de acuerdo en aumentar el corte, abrir el mercado y establecer precios de referencia.
La Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (CIARA) también se expresó sobre los debates realizados en la Comisión de Energía del Senado. La entidad declaró: “La oportunidad de tener una nueva ley que fomente inversiones, producción, empleo y exportaciones de biocombustibles es extraordinaria”.
Se espera que la próxima semana las comisiones produzcan un dictamen para su tratamiento en el recinto. Desde CIARA indicaron: “Si bien el mismo no incluye todos los aspectos que deseamos (subir el corte como mínimo al 12,5%) es superador a la situación actual y está orientado a favorecer a todos los consumidores de diésel en el país y a proyectarnos como una nación con desarrollo industrial de las bioenergías”.
El proyecto oficialista, presentado por Patricia Bullrich, establece que el corte mínimo obligatorio de biodiesel en el gasoil pase de 7,5% a 10%, y el de bioetanol en las naftas, de 12% a 15%. La suba regiría a los doce meses de sancionada la ley.
Dentro del bioetanol, se mantienen 6% para la caña de azúcar y 6% para el maíz; el porcentaje restante queda sin restricción de materia prima.
El cumplimiento mensual del corte obligatorio se canalizaría a través de un sistema de subastas en un mercado electrónico único, transparente y de acceso público, operado por un organismo independiente. Elaboradores y mezcladores ofertarían precio y volumen, y también podrían acordar contratos a término de libre negociación.
Además, se reemplazaría el esquema de precios máximos por precios de referencia calculados según la paridad de importación. Si el precio de mercado supera esa referencia, se podría activar el mecanismo de excepción que habilita autorizar importaciones.
El proyecto incluye reglas para evitar la concentración. En bioetanol, ninguna empresa elaboradora podrá superar el 20% del volumen anual comercializado en el corte obligatorio. En biodiesel, el tope por empresa y por grupo económico es del 14% dentro del segmento de empresas no integradas.
La autoridad de aplicación podrá pedir la intervención del organismo de defensa de la competencia ante indicios de prácticas prohibidas.
Los volúmenes que excedan la mezcla obligatoria son de libre comercialización y consumo. Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires pueden crear regímenes propios de fomento para bocas de expendio con cortes más altos. El combustible sostenible de aviación (SAF) queda de comercialización libre y exceptuado de los cortes obligatorios.
El proyecto fija un período de transición para el mercado de biodiesel hasta el 31 de diciembre de 2031. El volumen reservado al segmento de empresas no integradas baja de manera gradual: 6,5% cuando entre en vigencia el corte del 10%, 5,5% en 2029, 5% en 2030 y 3% en 2031. En paralelo crece la porción de negociación libre, abierta a todo el mercado, que va del 3,5% al 7% en el mismo período.
El co-procesamiento de materias primas no fósiles en refinerías se incorpora con topes anuales que van del 0,5% al 2%, y puede computarse a cuenta del corte obligatorio hasta un máximo del 3%.
