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Renovación Popular apela decisión del JEE que excluyó a Rafael López Aliaga de la candidatura a la MML

El partido Renovación Popular presentó un recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para revertir la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro, que declaró improcedente la inscripción de Rafael López Aliaga como candidato a teniente alcalde de Lima.

Renovación Popular interpuso formalmente el recurso de apelación contra la Resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Rafael López Aliaga como candidato a teniente alcalde de Lima.

El personero legal de la agrupación, Fernando Sandoval Ruiz, presentó el recurso el viernes 3 de julio de 2026, último día del plazo para impugnar. Exige que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) revoque la decisión y admita a trámite la candidatura del excandidato presidencial de Renovación Popular.

La decisión del JEE se basó en que Rafael López Aliaga ostenta la condición de senador electo para el periodo 2026-2031, tras ser proclamado por el JNE el 19 de junio de 2026. Según la autoridad electoral de primera instancia, esta condición es un hecho objetivo que no se altera por la sola manifestación de no jurar ni asumir el cargo.

López Aliaga presentó documentos comunicando su desistimiento irrevocable a ser proclamado y su decisión de no juramentar ni asumir el cargo ante el Congreso de la República. El JEE consideró que estas comunicaciones no acreditan la modificación de su situación jurídica, al no existir un acto resolutivo oficial que deje sin efecto su elección.

En su apelación, Renovación Popular argumenta que el JEE incurrió en errores de hecho y de derecho. El partido sostiene que el impedimento para postular en elecciones municipales, establecido en la Ley de Elecciones Municipales, se aplica a congresistas en ejercicio de sus funciones, lo cual implica haber juramentado al cargo.

La defensa sostiene que un congresista electo no tiene las mismas prerrogativas ni obligaciones que uno en funciones, y que López Aliaga ha manifestado formalmente que no prestará el juramento de ley. Asimismo, señalan una vulneración al principio de igualdad ante la ley, indicando que el JEE admitió a otros candidatos de la misma lista que también fueron proclamados como diputados electos: Aldo Bravo y Leo de Paz.

El Jurado Electoral Especial advirtió luego que Bravo y De Paz se encontraban en la misma situación que López Aliaga, dejó sin efecto la admisión de sus candidaturas y las declaró improcedente.

El JEE deberá conceder la apelación y elevar el caso al Pleno del JNE para su resolución.

El personero legal de Renovación Popular informó que el 24 de junio se procedió a la devolución física de la credencial de senador otorgada a Rafael López Aliaga ante la Secretaría General del JNE. Según el recurso de apelación, al no haber cumplido con los protocolos de incorporación al Congreso ni haber juramentado, López Aliaga no ostenta la condición de “congresista en funciones” y, por tanto, no le alcanzan las prohibiciones de la Ley de Elecciones Municipales.

Ante un pedido de López Aliaga para que se comunique al JNE que no jurará como senador, la presidencia del Congreso remitió el caso al tribunal electoral el 2 de julio, señalando que es competencia exclusiva de la autoridad electoral resolver la situación jurídica del exalcalde.

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