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Debate sobre la Ley de Semillas: propiedad intelectual y uso propio en la agricultura argentina

Se reactivó la discusión sobre la adhesión al convenio UPOV 91 y una posible reforma de la Ley de Semillas. El eje está en equilibrar los derechos de obtentores y productores.

En las últimas semanas se reactivó el debate sobre la posible adhesión de Argentina al convenio UPOV 1991 y una eventual reforma de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas (20.247). El objetivo declarado de estos cambios sería reforzar los derechos de propiedad intelectual en el mercado de semillas, argumentando que un régimen más estricto es necesario para sostener la inversión en mejoramiento vegetal y atraer nuevas tecnologías.

Sin embargo, análisis técnicos indican que el progreso agrícola y las ganancias de productividad dependen de múltiples factores. Estos incluyen mejoras en el manejo agronómico, el uso de insumos y prácticas más eficientes, además de la innovación genética. Incluso en comparaciones internacionales, como el crecimiento de la producción de soja en Brasil, los datos muestran que la expansión se explica principalmente por el aumento de la superficie cultivada y la productividad total de los factores, más que por diferencias atribuibles exclusivamente a un régimen de propiedad intelectual más estricto.

La legislación argentina actual reconoce los derechos del obtentor, pero también mantiene el principio del “uso propio”, que permite a los productores reservar parte de su cosecha para resembrar. Este esquema, presente en varios países con producción agrícola relevante, no impide la celebración de acuerdos contractuales privados entre las partes, como licencias o regalías tecnológicas, amparados por el Código Civil y Comercial de la Nación.

El principal desafío identificado en el sector no sería la falta de una ley más estricta o de instrumentos contractuales, sino la incertidumbre sobre su cumplimiento y la seguridad jurídica. La experiencia con sistemas de regalías extendidas en semillas autógamas muestra una baja proliferación de litigios para reclamar pagos, lo que sugiere un resultado judicial incierto. Algunos expertos señalan que una solución podría ser una modificación legal que aclare explícitamente que la excepción de uso propio no tiene carácter de orden público, fortaleciendo así la previsibilidad de los contratos privados.

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