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La Corte Suprema revocó el sobreseimiento de “Pata” Medina y ordenó que sea juzgado por extorsión y lavado

El máximo tribunal hizo lugar a un recurso de la Procuración General y dejó sin efecto el fallo que había anulado la causa. Medina está acusado de asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión.

La Corte Suprema de Justicia revocó este martes el sobreseimiento de Juan Pablo “Pata” Medina, ex líder de la seccional La Plata de la Uocra, y ordenó que la causa por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión vuelva a ser evaluada por la Cámara Federal de Casación Penal, lo que derivará en un nuevo juicio oral.

La decisión fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes hicieron lugar a las conclusiones de la Procuración General que había calificado como “arbitrario” y “prematuro” el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que había cerrado el expediente.

Medina había sido detenido en septiembre de 2017 por orden del juez federal de Quilmes Luis Armella, quien lo procesó por los delitos de asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión, y embargó sus bienes por 200 millones de pesos.

En febrero de 2020 recibió el beneficio de prisión domiciliaria, que cumplió en su casa de Ensenada. Un año después fue excarcelado por el Tribunal Oral Federal 2, pero volvió a ser detenido por incumplir la prohibición de participar en actividades gremiales.

Horas antes del inicio del juicio oral a cargo del Tribunal Oral Federal 2 de La Plata, el juez Alejandro Smoris declaró la nulidad de toda la causa y sobreseyó a Medina y a los demás acusados. Dos meses después, Smoris renunció a su cargo.

En su fallo, Smoris sostuvo que la causa por extorsión era un “armado” instrumentado por una “mesa judicial” que funcionaba en el gobierno bonaerense durante la gestión de María Eugenia Vidal, en lo que se conoció como el caso de la “Gestapo judicial”. Se basó en una denuncia de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante la gestión de Alberto Fernández, que se investigaba en un expediente paralelo.

Ese expediente se refería a una reunión realizada en 2017 en la sede del Banco Provincia de la Capital Federal, en la que funcionarios del gobierno de Vidal y de la AFI de ese momento hablaron con empresarios de la construcción sobre cómo iniciar causas judiciales contra Medina. En una grabación de esa reunión, el entonces ministro de Trabajo bonaerense, Marcelo Villegas, afirmó: “Si yo pudiera tener una Gestapo, una fuerza de embestida para terminar con todos los gremios, lo haría”.

La fiscalía apeló y la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de Ángela Ledesma y Alejandro Slokar y la disidencia de Guillermo Yacobucci, convalidó la nulidad y los sobreseimientos. Ante esto, el fiscal ante Casación Raúl Pleé presentó un recurso extraordinario en el que advirtió que los sobreseimientos “privan al Ministerio Público Fiscal del ejercicio de su deber constitucional de promover la actuación de la justicia e impiden determinar en el debate oral y público la verdad respecto a los hechos imputados”.

La Corte Suprema hizo lugar al recurso sostenido por el Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, y dejó sin efecto la sentencia apelada. Ahora, la causa volverá a Casación donde, con otra integración, se evaluarán los argumentos de la fiscalía, lo que derivará en un nuevo juicio contra los acusados.

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