Durante los alegatos finales del juicio federal por facturación apócrifa, ARCA solicitó 15 años de prisión para Walter Pasko y Fernando Ayala, a quienes señaló como jefes de la organización, y 9 años para María José Reinau. La UIF requirió 12 años para los tres por lavado de activos.
El juicio federal por facturación apócrifa ingresó en su tramo final con los alegatos de la Unidad de Información Financiera (UIF) y de ARCA. Durante la audiencia, las partes acusadoras expusieron sus posturas sobre la estructura que, según sostienen, permitió emitir comprobantes apócrifos, canalizar fondos a través de sociedades, cooperativas y fundaciones, y luego incorporar parte del dinero al circuito formal.
ARCA solicitó 15 años de prisión efectiva para Walter Pasko y Fernando Ayala, a quienes calificó como jefes y coorganizadores de una asociación ilícita fiscal, y 9 años para María José Reinau. Para los tres pidió aplicar las reglas del concurso real entre los delitos de asociación ilícita fiscal y lavado de activos. Además, requirió multas equivalentes a tres veces el valor de las operaciones y el decomiso de los bienes vinculados a las presuntas maniobras.
En su alegato, ARCA describió la existencia de “dos grupos y dos estructuras con roles totalmente diferenciados”, encabezados por Pasko y Ayala. A Pasko le atribuyó el uso de su conocimiento profesional y la logística para operar fiscalmente. A Ayala lo ubicó como quien aportaba contactos políticos y sociales, además de captar personas para integrarlas a cooperativas y otras entidades. Según la acusación, esa combinación permitía que una parte de la estructura aportara nombres y sociedades mientras la otra brindaba la ingeniería contable.
El alegato también hizo referencia a las denominadas “usinas de facturas”, entidades que pueden carecer de actividad real, empleados, proveedores o infraestructura, y cuya función sería la emisión de comprobantes. También se mencionaron las “usinas mixtas”, empresas con alguna actividad real en las que se habrían incorporado operaciones ficticias. La finalidad atribuida era generar gastos o ingresos inexistentes, compensar posiciones impositivas y alimentar el entramado societario.
Durante el debate declararon contribuyentes que habían confiado el manejo tributario al estudio de Pasko y que aseguraron haberse encontrado con facturaciones que desconocían. Entre los casos expuestos estuvieron comerciantes a cuyos CUIT se atribuyeron operaciones por materiales de construcción u otros rubros ajenos a su actividad habitual.
La UIF coincidió en que detrás de esas operaciones existió una estructura organizada y sostuvo que Pasko, Ayala y Reinau participaron también de la colocación del dinero presuntamente ilícito en la economía formal, mediante inmuebles, vehículos, movimientos bancarios y otros bienes. Para ese organismo, los tres habrían actuado de manera habitual y coordinada dentro de una asociación dedicada a generar crédito fiscal espurio.
En el caso de María José Reinau, la UIF señaló que figuraba como monotributista vinculada al rubro de peluquería, mientras que sus acreditaciones bancarias brutas habrían pasado de poco más de $1,1 millón en 2020 a $123,7 millones en 2023. La facturación declarada fue de $410.000 en 2021, $360.000 en 2022 y $100.000 en 2023. Para la querella, esa diferencia constituyó un indicio de inconsistencia patrimonial.
ARCA fundamentó el pedido de pena para Ayala señalando que su trayectoria le había dado “viveza criolla” y “mucho barrio”, y que sus vínculos sociales y políticos le permitían comprender las operaciones que realizaba. Para Pasko, el reproche estuvo relacionado con su condición profesional, al sostener que utilizó su “expertiz técnica” y abusó de la confianza de clientes que le entregaban sus claves fiscales.
El cuadro de penas solicitado por ARCA quedó conformado de la siguiente manera: 15 años para Walter Pasko y Fernando Ayala; 9 para María José Reinau; 8 para Diana Yael Daniel; 7 para María Belén Reinau, Edith Maricel Ayala, Ariel Ramón Acevedo y Osvaldo Ramón Godoy; 5 para Álvaro Iván Pasko y Jorge Pasko; y 3 años y 6 meses para Juana Elsa Brahim. En los casos de Pasko, Ayala y María José Reinau, las penas requeridas contemplan tanto asociación ilícita fiscal como lavado de activos.
La UIF, por su parte, solicitó 12 años de prisión para Pasko, Ayala y Reinau por lavado de activos agravado por haber sido cometido como miembros de una asociación o banda, multa equivalente al doble del monto de las operaciones y el decomiso de los bienes considerados producto o instrumento de las maniobras.
ARCA sostuvo que se trató de una “gran organización” que, según su postura, “no solo defraudó” al Estado mediante tributos no ingresados y subsidios que no habrían tenido el destino social previsto, sino también a personas vulnerables mediante el uso de claves fiscales y promesas que no se habrían cumplido. Por ello pidió al tribunal una “sentencia ejemplar”.
Los planteos de la UIF y ARCA constituyen pedidos de las partes acusadoras y no una sentencia. Las responsabilidades penales permanecen sometidas a decisión del Tribunal Oral Federal una vez terminados todos los alegatos y escuchadas las defensas.
La audiencia continuará este martes 18 de agosto, desde las 8.30, con los alegatos del Ministerio Público Fiscal, a cargo del fiscal Federico Carniel. Luego comenzará el turno de las defensas.
