El Gobierno nacional oficializó este lunes, a través del Boletín Oficial, la designación de Daniel Scioli como Secretario de Turismo, Ambiente y Deportes, mediante el Decreto 606/2026.
El Gobierno nacional oficializó este lunes, a través del Boletín Oficial, la designación de Daniel Scioli como Secretario de Turismo, Ambiente y Deportes. La medida quedó plasmada en el Decreto 606/2026, firmado por el presidente Javier Milei y por el jefe de Gabinete, Diego Santilli, con fecha del 17 de julio, aunque establece que la designación rige desde el 8 de julio de 2026.
El decreto precisa que Scioli fue nombrado “ad honorem” en el cargo, en el marco de las facultades que le otorga al Presidente el artículo 99, inciso 7 de la Constitución Nacional. El texto indica además que la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes queda encuadrada dentro de la Vicejefatura de Gabinete, que forma parte de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Scioli ya se desempeñaba al frente de esa cartera, por lo que la norma formaliza su continuidad en el cargo bajo el nuevo esquema administrativo que impulsó el Gobierno tras el recambio en la Jefatura de Gabinete. Cabe recordar que Manuel Adorni dejó esa función y fue reemplazado por Diego Santilli, hasta entonces ministro del Interior, lo que derivó en una reorganización del organigrama del Gabinete nacional y en el traspaso de distintas áreas hacia la nueva estructura.
Por otro lado, a través del Decreto 607, el gobierno oficializó la designación de Ezequiel Galli, exintendente de Olavarría, como titular de la Unidad Gabinete de Asesores de Jefatura de Gabinete.
En simultáneo, mediante la Resolución 65/2026 Santilli delegó un conjunto de facultades administrativas en tres unidades organizativas de su jurisdicción: la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa, la Vicejefatura de Gabinete del Interior y la Subsecretaría de Gestión Administrativa.
En los considerandos, la resolución sostiene que, “atento los cambios recientes de la estructura de la Administración Pública Nacional centralizada”, resultaba oportuno redefinir las delegaciones vigentes para garantizar los principios de juridicidad, celeridad, economía, sencillez, eficacia y eficiencia en los trámites administrativos. En ese marco, el artículo 4° dejó sin efecto las Resoluciones N° 162/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 2/2026 del entonces Ministerio del Interior, que regulaban hasta ahora este tipo de atribuciones.
El Anexo I de la norma delegó en la titular de la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa, Mariana Vello, un amplio abanico de competencias vinculadas a la gestión de personal y contrataciones. Entre ellas, la facultad de aprobar y suscribir contrataciones, renovaciones y prórrogas bajo distintas modalidades, incluidas las locaciones de servicio y los contratos financiados con organismos como el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo; designar al personal de gabinete de las autoridades superiores; aplicar medidas disciplinarias previstas en la Ley N° 25.164; aprobar rescisiones del vínculo de empleo público; efectuar designaciones transitorias en cargos de planta permanente con rango inferior a Subsecretario; y disponer asignaciones transitorias de funciones, entre otras atribuciones que alcanzan también a organismos descentralizados de la jurisdicción.
El Anexo II delegó en la Vicejefatura de Gabinete del Interior facultades específicas de esa área, como resolver los recursos de alzada previstos en la Ley de Migraciones N° 25.871 y los que se interpongan contra actos del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), la Administración de Parques Nacionales o la Agencia de Administración de Bienes del Estado; desestimar iniciativas privadas para zonas de frontera; actualizar las tasas que percibe el RENAPER; aprobar la distribución de aportes de la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos; dictar actos como administrador de centros de frontera; autorizar operaciones de endeudamiento de provincias y municipios; y aprobar convenios en el marco del programa “Modernización Municipal”.
Por su parte, el Anexo III otorgó a la Subsecretaría de Gestión Administrativa facultades vinculadas al régimen de empleo público, entre ellas promover de grado o tramo al personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); aceptar renuncias y disponer bajas por fallecimiento o jubilación; conceder y limitar licencias, franquicias y compensaciones por gastos de movilidad; descontar haberes por días no trabajados en huelgas o paros; asignar el suplemento por función específica para personal de tecnología de la información; y actualizar las tasas que percibe el Archivo General de la Nación.
