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El sueldo más alto que cobrará un empleado de comercio en octubre 2025

Los empleados de comercio tienen pactados aumentos de sueldo hasta diciembre inclusive. En septiembre además se celebra el Día del Empleado de Comercio

25/09/2025 – 09:00hs

Los empleados de comercio cobrarán en octubre con un 1% de aumento de sueldo, además de un bono extraordinario por única vez, según negoció la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) en paritarias. 

Como suele ocurrir, los salarios más altos por lo trabajado en septiembre en el rubro de Comercio son los de la rama Administrativa, categoría F, y los de la rama de vendedores,categoría D. En ambos casos, los sueldos mínimos que cobrarán en octubre por convenio, sin adicionales, serán de 1.086.863 pesos.

A esto se suma el bono negociado para mejorar el poder adquisitivo de los empleados de comercio ante la inflación, que para todas las categorías será de 40.000 pesos por mes hasta diciembre inclusive. Entonces, los sueldos más altos de Comercio el mes que viene incluyendo el bono, serán de básico 1.126.863 pesos. 

Septiembre no se trata de un mes tradicional para los trabajadores del rubro. También se festeja el Día del Empleado de Comercio, que este año se movió de fecha. 

Escala salarial de empleados de comercio: septiembre 2025

Los siguientes son, según confirmó la última paritaria de Empleados de Comercio, los sueldos previstos para septiembre: 

Maestranza

  • Categoría A: $1.025.914
  • Categoría B: $1.028.884
  • Categoría C: $1.039.290

Administrativo

  • Categoría A: $1.037.062 
  • Categoría B: $1.041.525 
  • Categoría C: $1.045.982 
  • Categoría D: $1.059.363 
  • Categoría E: $1.070.510 
  • Categoría F: $1.086.863 

Cajero

  • Categoría A: $1.040.777 
  • Cajero B: $1.045.982 
  • Cajero C: $1.052.672 

Auxiliares

  • Categoría A: $1.040.777 
  • Categoría B: $1.048.210 
  • Categoría C: $1.072.740 
  • Categoría A: $1.049.700 
  • Categoría B: $1.063.078

Vendedores

  • Categoría A: $1.040.777 
  • Categoría B: $1.063.080 
  • Categoría C: $1.070.510 
  • Categoría D: $1.086.863 

Bono y adicionales para empleados de comercio

Los mencionados anteriormente son los sueldos básicos para empleados de comercio por convenio, lo cual no quita que algunas empresas del rubro no abonen cifras mayores a las allí estipuladas.

Asimismo, a esos sueldos se les deben agregar los adicionales que correspondan. Esto ocurre todos los meses. Los “plus” que cobran los empleados de comercio son los siguientes: 

  • antigüedad: 1% adicional sobre su salario básico por cada año trabajado.
  • manejo de caja, un complemento remuneratorio, fijado porcentualmente, según las funciones asignadas al cajero. Este adicional se calcula sobre el sueldo inicial.
  • presentismo
  • horas extra: el recargo es del 50% para las trabajadas en días comunes (lunes a sábado hasta las 13:00) y del 100% para las horas trabajadas en sábados después de las 13:00, domingos y feriados.

Más allá de este cálculo que se realiza todos los meses, el último acuerdo paritario de Comercio incluyó además del aumento de sueldo sumas no remunerativas, que serán de 40.000 pesos por mes entre junio y diciembre de 2025. En enero de 2026, según consta en el acta de la paritaria, la suma extra se vuelve parte del salario básico y así comienza a consignarse en el recibo de sueldo. 

Este mecanismo de aceptar sumas no remunerativas en los acuerdos paritarios fue una estrategia que aplicaron muchos gremios para obtener la necesaria homologación de los mismos, con la publicación del acta en el Boletín Oficial. Para imponer un techo a las negociaciones salariales y así contener la inflación, el Gobierno demoraba sin dar motivo dicha homologación cuando las subas salariales eran mayores al 1% mensual.

Los empleados de comercio fueron de los que más resistieron gremialmente esa estrategia, al punto de que algunas cadenas supermercadistas no querían abonar los aumentos acordados, basandose en la falta de homologación. Un acuerdo paritario recién toma fuerza de ley al ser publicado en el Boletín Oficial. 

Por lo tanto, en la paritaria para el último semestre de 2025, FAECyS acordó con las cámaras subas salariales en torno al 1% pero agregó sumas no remunerativas, de manera de apuntalar el poder adquisitivo de los afiliados, que hasta fin de año tendrán así un “bono” de 40.000 pesos.

Día del Empleado de Comercio 2025

En rigor, el Día del Empleado de Comercio se celebra cada año en Argentina el 26 de septiembre. Pero este año, cuando esa fecha caía en día viernes, se decidió mover al lunes 29 del mes. 

El Día del Empleado de Comercio está establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. Este día tiene carácter de feriado nacional para los trabajadores del sector, por lo que la liquidación salarial debe realizarse aplicando las disposiciones previstas en el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

Esto quiere decir que: 

  • Si no se trabaja: el empleado cobra su salario habitual, sin descuentos.
  • Si se trabaja: corresponde abonar el salario normal con recargo del 100% (doble jornada) 
  • No existe descanso compensatorio adicional si el trabajador presta servicio en esa fecha.

Según indicó FAECyS en una circular, se decidió mover al 29 de septiembre el Día del Empleado de Comercio de común acuerdo con las cámaras del sector, “para que ese día los trabajadores tengan su reconocimientocon todos los alcances de la Ley mencionada.” (Ley 26.541) Con todos estos datos los empleadores del rubro tendrán la posibilidad de liquidar adecuadamente los sueldos de empleados de comercio de septiembre. 

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